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Concursos y Licitaciones

 

Concursos y Licitaciones

 

Concursos:

Los concursos y las licitaciones públicas se realizan siempre dependiendo del objetivo de los mismos y están dirigidos hacia las Instituciones competentes del tipo de concurso o de la licitación. En el INPOSDOM siempre nos acogemos a las disposiciones de la Contraloría General de la República y a las Leyes que rigen la materia, tal como figura en la Circular No. 000016 de fecha de 11 de Mayo del 2004 y según el Decreto Número 456-04, donde especifica lo siguiente:

“La licitacion es pública cuando pueden presentar ofertas todos los interesados, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la Ley 295 y en el Reglamento No. 000016 y será el procediemiento a seguir cuando el monto de Contratación de la misma supere los siete millones de pesos (RD$ 7,000,000)

La licitación pública podría ser aplicada a discreción del organinismo contratante, aún cuando el monto a contraer sea menor al establecido en el presente articulo.

Articulo 13: Licitación por invitación. La Licitación es por invitación cuando sólo tienen derecho a presentar ofertas, aquellos proveedores que han sido especialmente invitados. Esta modalidad se aplicará a las contrataciones cuyo monto supere los Quinientos Un Mil Pesos (RD $ 501,000.00) y hasta y hasta el monto mínimo de la licitación pública. A tal efecto, deberán ser formalmente invitados a participar por lo menos cinco (5) ofertantes que cumplan con las condiciones establecidas por las normativas y que estén incluidas en el listado a que se refiere el Articulo 26 del Reglamento vigente.

Parrafo: Cuando por la naturaleza del bien o servicios a contratar, el número de proveedores participantes sea inferior a cinco (5), el organismo contratante dejará constancia expresa en el expediente sobre las razones por las cuales no se cumplió con las disposiciones del Articulo vigente, el cual será de dominio público y de fácil acceso para cualquier interesado.

Articulo 14: Licitación Restringida. La Licitación es restringida cuando el licitante selecciona a los ofertantes que considere están en mejores condiciones de responder a sus requerimientos. Esta modalidad de contratación se utilizará para las Adquisiciones que oscilan entre los RD $ 100,000.00 y los RD $ 500,000.00 y se realizará con invitación formal a cotizar a por lo menos tres (3) proveedores del bien o servicio objeto de la contratación.

Articulo 15: Compras de menor cuantía. Será el mecanismo a implementar para las compras y contrataciones directas cuyos montos no superen los CIEN MIL PESOS (RD $ 100,000.00). La Contraloría eneral de la República establecerá los procedimientos para ésta modalidad de compras y contrataciones.

Articulo 2: Las diferentes entidades públicas del Gobierno Central, Descentralizado y Autonómo deben establecer comités de compras para el análisis de las cotizaciones o propuestas presentadas por los ofertantes en las modalidades de Licitación por Invitación, Licitación Restringida, Subasta o Remate y Procedimientos de Urgencia.

“Controles internos en el proceso de Compras”

NOTA: 1.) Todas las compras deben estar amparadas por ordenes de compras prenúmeradas, deben llevar el sello gomigrafo de la Institución y estar firmada por el funcionario de mas alto nivel.

2.) Verificar que la recepción del producto o servicio prestado sea realizado por una persona especializada independiente del que compra los articulos y del que controla la existencia.

3.) Ninguna actividad de compra debe iniciarse hasta que la existencia correspondiente alcance el punto mínimo fijado.

4.) Verificar que la Institución compre los articulos que necesite y de la calidad deseada.

5.) Verificar que los precios son los mejores que la Institución puede razonablemente obtener bajo la misma circunstacia.

6.) Verificar que los articulos comprados sean de la necesidad de la Instutución.

Articulo 3: La Contraloría General de La República, a traves de las Unidades de Auditoría Interna, es responsable de velar por el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Reglamento Vigente de Compras y Licitaciones de Bienes y Servicios de la Administración Pública.

 

  Compras y Contrataciones de Bienes

 

 

 

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                              www.inposdom.gob.do R.N.C 401-50025-6

 

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